El Observatorio Vasco de las Familias, creado mediante Decreto 309/2010 (BOPV 02/12/2010) tiene como objetivo analizar de forma permanente la realidad, la situación y la problemática de la familia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y el impacto de las políticas desarrolladas en aplicación de la Ley 13/2008 de apoyo a las familias.
Entre sus funciones se encuentran:
- Promover y fomentar una línea de estudio e investigación que sea susceptible de garantizar un buen conocimiento, tanto cuantitativo como cualitativo, de la cambiante realidad familiar y de la variedad de funciones que asumen las familias, en particular en relación con el mantenimiento y cuidado de los hijos e hijas menores de edad y con la atención a las personas en situaciones de dependencia, y con especial dedicación a las familias en situaciones de especial vulnerabilidad.
- Conocer la realidad de las situaciones de violencia doméstica y su evolución, a fin de formular recomendaciones y propuestas tendentes a promover mejoras en la oferta de servicios y prestaciones, en colaboración con las facultades de investigación de la violencia contra las mujeres que ostenta Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
- Garantizar la actualización permanente de un fondo documental especializado que reúna la literatura científica en esta materia a nivel autonómico, estatal, europeo e internacional, así como de un fondo documental normativo que permita acceder al conjunto de normas vigentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en otras comunidades autónomas, en el Estado y en el marco de la Unión Europea.
- Elaborar análisis documentales basados en la explotación de los fondos bibliográficos y normativos referidos en el apartado anterior, sobre los temas que específicamente se requiera para la mejor y más ágil realización de sus funciones.
- Realizar un seguimiento de la aplicación efectiva y del impacto social de las diferentes medidas contempladas en la presente Ley y en el correspondiente plan interinstitucional de apoyo a las familias.
- Asesorar a las administraciones públicas que así lo requieran en relación con las actuaciones de protección, atención y apoyo a la familia.
- Informar a las administraciones competentes sobre la adecuación del ordenamiento jurídico a las necesidades de las familias y proponerles la adopción de nuevas regulaciones o la modificación de las existentes.
- Informar ante el Parlamento, cuando menos con carácter previo a la presentación de los planes interinstitucionales de familia por parte del Gobierno.