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Las personas beneficiarias del antiguo bono social eléctrico disponen hasta octubre para renovar la solicitud

03 Abril 2018

El Ministerio de Energía ha prorrogado el plazo para presentar la documentación, que finalizaba el 10 de abril.

Las personas beneficiarias del antiguo bono social eléctrico según las condiciones establecidas en la anterior regulación disponen de seis meses más, hasta octubre, para demostrar que cumplen los requisitos establecidos por la nueva normativa. El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha decidido prorrogar el plazo que otorgó en primer momento y que concluía en abril, seis meses después de la entrada en vigor del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

El bono social es un descuento del que pueden beneficiarse las personas consumidoras en la factura eléctrica de su vivienda habitual, siempre que tengan contratada una potencia igual o inferior a 10 kW, se acojan a la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y cumplan los requisitos establecidos por la normativa. La nueva regulación, de octubre de 2017, permite que un mayor número de personas obtengan descuentos, ya que introduce los ingresos familiares como uno de los criterios de concesión.

Hasta ahora, únicamente podían pedirlo unos colectivos muy limitados: mayores de 60 años en circunstancias muy específicas, familias numerosas y unidades familiares con todos sus miembros en situación de desempleo. La actual normativa, sin embargo, amplía los supuestos para poder reclamarlo y, además de mantener a las familias numerosas y a determinados pensionistas, toma como referencia principal los ingresos.

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